- julio 8, 2014
Programa de ayudas a particulares y comunidades de propietarios para la rehabilitación de edificios y viviendas de ETXEBIDE
El Servicio Vasco de Vivienda (ETXEBIDE), ofrece ayudas a particulares y comunidades de vecinos con el fin de apoyar las obras de rehabilitación que tienen como objetivo la mejora de la habitabilidad, permitir o facilitar el acceso a los espacios a personas con discapacidad o reducir el consumo energético de los edificios y viviendas.
- Adecuación estructural y constructiva del edificio y de adecuación de las condiciones de habitabilidad de las viviendas y locales comerciales.
- Adecuación de las viviendas y sus accesos a la normativa vigente para personas con discapacidad física.
- Intervención en la envolvente térmica para ahorro de energía.
- Adecuación del acabado general de la edificación y de las viviendas a los principios de la buena construcción.
Particulares
El Plan Renove para la Rehabilitación de Viviendas 2013-2016, ofrece una serie de ayudas a particulares que desean reacondicionar o reformar su vivienda, en la línea de:
- Sustituir los equipos sanitarios.
- Cambiar la instalación eléctrica.
- Mejorar la seguridad de la instalación de gas.
- Instalar un ascensor.
- Otras reformas en la vivienda.
Las ayudas pueden variar según las circunstancias, contando el programa con préstamos blandos, subvenciones a fondo perdido o desgravaciones fiscales.
Comunidades de propietarios
El Plan Renove para la Rehabilitación de Viviendas 2013-2016, también cuenta con un apartado dedicado a las Comunidades de Vecinos, con ayudas para:
- Instalar sistemas de accesibilidad (mejorar accesos para personas con discapacidad).
- Obras de mejora de la envolvente térmica del edificio.
- Obras de mejora en la cubierta (reparación del tejado).
- Reparar la fachada del edificio.
- Eliminar humedades de la fachada.
- Otras reformas en el edificio.
Conversión de locales en vivienda protegidas
El Plan contempla también ayudas para la conversión de locales en viviendas protegidas. Para poder acceder a estas ayudas es imprescindible que los Ayuntamientos hayan autorizado previamente este tipo de conversiones en la normativa urbanística aplicable.
Existen una serie de criterios a los que están sujeta la concesión de las ayudas:
- La habilitación debe dar lugar a una sola vivienda por local.
- La vivienda resultante deberá calificarse como Vivienda de Protección Pública.
- Su precio máximo de venta no podrá superar el 1,7 del precio máximo de venta de las Viviendas de Protección Oficial de Régimen General.